La territorialidad del impuesto significa el ámbito geográfico o
espacial donde tiene validez la aplicación de la ley, o del gravamen.
La territorialidad es el mas común de todos los factores de conexión, un
estado tiene la autoridad de de gravar todos los enriquecimientos que ocurran
dentro de su territorio y jurisdicción, por derecho natural. Esto
independientemente de otros factores que hayan coadyuvado al sujeto pasivo para
la obtención de su enriquecimiento, el solo hecho de que este se haya iniciado,
generado producido o causado en el territorio del país ya es la circunstancia
determinante de que el país tiene derecho a gravar ese enriquecimiento.- Son rentas causadas en la República Bolivariana de Venezuela las siguientes
- Regalías y patentes
- Ingresos de establecimientos permanentes
- Ingresos de trabajos, servicios, etc.
- Películas para cine y tv.
- Importación en consignación
- Ingresos de aseguradoras extranjeras
- Venta, alquiler, etc de inmuebles
- Rendimientos de valores mobiliarios.
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